Lleis de la polis i lleis de la natura (Víctor Gomez Pin).



Me refería hace dos columnas a los principios reguladores por un lado del orden natural y por otro lado del orden social con dos ejemplos respectivos:  por un lado la necesidad de aproximarse en el espacio hasta la contigüidad con un objeto cuando queremos ejercer influencia sobre el  mismo; por otro lado las normas que  (bajo una u otra modalidad) restringen la sexualidad cuando hay relaciones de  parentesco.
Obviamente el hecho de que unos y otros principios sean marco imprescindible de nuestras vidas no significa que quepa atribuirles  común matriz y menos aun que puedan ser confundidos. Y sin embargo algo de ello ocurre cuando utilizamos la expresión  "ley natural". Conviene detenerse en este extremo.
La expresión  forjada por los latinos lex naturae  ha sido totalmente incorporada tanto en el lenguaje corriente como en el científico.  Así se habla de la ley de la gravedad para referirse al hecho de que las masas ejercen entre ellas una influencia determinada por el campo gravitatorio a ellas vinculado. Y sin embargo este uso del términoley es de entrada paradójica y sólo se justifica como resultado de una suerte de conciliación.
Los filólogos nos señalan que  el término latino natura se vincula al verbo nascor, nacer, venir a la existencia, el cual   a su voz remite a los verbos griegos  phyo, hacer crecer o hacer brotar  y  phyomai, que designa  el hecho de emerger o desplegarse. Ello permite avanzar que la palabra physis  derivada de tales verbos implica un principio intrínseco de movimiento y de reposo, una suerte de potencialidad vital, de tal manera que cualquier tentativa de acercamiento cognoscitivo no puede ser exclusivamente mecanicista, al menos en el sentido en el que nosotros entendemos tal término (de entrada la física jónica ha de ser,  por así decirlo,  una física animada, pues los  elementos tienen, según Aristóteles,  interno principio de movimiento)
Por su parte la palabra  lex es la versión latina del término griego nomos (no entro aquí en las diatribas sobre el grado de diferencia que habría ya entre ambos) vinculado al verbo nemein  que cabría entender  como distribuir, en principio con equidad, por ejemplo un terreno de labranza o pastoreo. Todo ente material  (y a fortiori todo ente  dotado de  vida) está sometido a la physis, mientras que carece de sentido afirmar que toda ente material  está sometido  al nomos. La sumisión al nomos sólo tiene sentido en referencia a los seres de razón. 
La topología de un terreno en el que no ha intervenido el hombre  es expresión de la physis mientras  que  ese mismo terreno sometido a una distribución por ejemplo entre diferentes propietarios de rebaños es resultado del nomos. Por ello indicaba la relevancia de que el término ley haya venido un día  a ser utilizado para referirse a la naturaleza.
De alguna manera la physis se opone al nomos como lo recibido a lo instituido, sin que ello quiera decir de entrada que la autonomía de la physis respecto al hombre suponga autonomía simplemente respecto a toda voluntad. Precisamente la presuposición de tal subsistencia de la physis será esencial para que surja siquiera la idea de una física.
Una physis sometida a la voluntad de los dioses no permitiría la constitución de una física. Esto es en principio una obviedad. Explorar la naturaleza con la esperanza de llegar a hacerla transparente al pensamiento, supondría liberarla de las voluntades, eventualmente caprichosas de los dioses, supone atribuirle una necesidad intrínseca. Este es uno de los ejes  de esta reflexión.  Pero también sobre el nomos se cierne la amenaza de una voluntad exterior, pues hay también una ley mayormente vinculada a imperativos divinos  (con fuente en  la esposa de Zeus, Themis) y  que la designa que las generaciones transmiten oralmente.
Señalaré al respecto que el término nomos no sólo se vincula mayormente a algo que los hombres determinan sino también a algo que queda fijado o escrito, de tal manera que se restringen las posibilidades de argucia. Precisamente Platón pone de manifiesto el desastre que supone para Grecia el ser víctima de catástrofes cíclicas  por lluvias torrenciales, que hacen desaparecer todo vestigio de civilización, mientras que en Egipto la catástrofe se debe al desbordamiento del  el Nilo, de tal modo que, al bajar las aguas,  las marcas de civilización escritas en los templos persisten.
Aunque la ley escrita y cabalmente humana sea en sí mismo implacable o despótica no es desde luego lo mismo estar sometido a la misma que estar sometido a la voluntad de un tirano arbitrario.  Pero  tampoco es lo mismo estar sometido a la ley establecida por los hombres que estar sometido a la ley establecida por los dioses. 
Ciertamente el conflicto encontraría solución si dijéramos que de hecho los nomoi, las leyes que forjamos los hombres son de hecho algo a lo que también están sometidos los inmortales. Problema este que tendrá de hecho un enorme eco en una atmósfera tan distinta de la griega como es el de las controversias  teológicas de los escolásticos (los diez mandamientos, ¿son  resultado de una arbitraria decisión divina o más bien expresión de la propia perfección del creador, de tal manera que, pese a su infinita potencia, no hubiera podido hacer que no legislaran?).
Pero también cabe la posibilidad de que las leyes  escritas de los hombres y las leyes de los dioses no sean coincidentes, en cuyo caso la posibilidad de conflicto queda abierta, conflicto esencial en alguna de las vertientes de la tragedia.
Fuera de todo esto quedan los principios reguladores de la physis, o al menos tomados como tales, y que hoy se ven sometidos a una diatriba tan radical como los concernientes a la ley social, aunque obviamente  no tenga el carácter emocional que desgarra a protagonistas de la tragedia como Antígona.
Víctor Gómez Pin, Physis kai Polis: Postulados de la Física y Leyes de la Política, El Boomeran(g) 12/05/2016

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