Els principals principis-ficcions democràtics (Raffaele Simone).
La postura que
defiendo asume que, a diferencia de los que se persiguen en otros ámbitos, los
principios fundamentales de la democracia son propiamente irrealizables, es decir que son proposiciones lógicamente falsas. ¿Por qué, entonces, están tan en
auge en Occidente? Porque son ideológicamente
verdaderas: es decir que guían las convicciones y el comportamiento
político, incluso si a veces son muy difíciles
de aceptar. Naturalmente, esa "falsedad" no es debida a la
malicia de los proponentes o a otros factores deliberados. Al contrario, es
debida a la audacia de la hipótesis, que destaca por su radical rechazo de los
postulados del "pensamiento natural", al cual opone otros positivos,
pero extraordinariamente exigentes. (34-35)
Los principios que
componen el paradigma democrático no se entienden como propiedades realmente vigentes sino como principios-ficción, es decir como
máximas de suma generalidad que indican metas hacia las que tender
ilimitadamente, sin ninguna esperanza de
alcanzarlas. Estos principios-ficción hallaron su expresión en forma de
ley, a partir de aquel formidable compendio revolucionario que es la Déclaration des droits de l'homme et du
citoyen de 1789. En parte, se han sedimentado en la mentalidad democrática.
(35)
1. La libertad: La Déclaration des droits de
l'homme sitúa la libertad en la cima de los derechos "naturales e
imprescindibles" del hombre (art. 2), definiéndola como una fórmula que
luego, al simplificarse, se difundió hasta convertirse en casi una cantinela:
"La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no daña a los demás:
así, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros
límites sino los que aseguran a los otros miembros de la sociedad el disfrute
de esos mismos derechos" (art. 4) En el mismo espíritu, muchos teóricos la
consideran "el principio funadamental de la democracia" (Kelsen) (35)
2. La igualdad: Son todavía muchos los que piensan, como Nietzsche en su momento, que se trata de "una graciosa reserva
mental con la cual se enmascara (...) la hostilidad de la plebe hacia todo
cuanto es privilegiado y soberano", por tanto de una suerte de elaboración
política de la envidia. Kelsen ve en cambio en ese principio una profunda
instancia "antiheroica", que realiza la exigencia por la cual "nadie
debe mandar sobre otro" porque el "dominio del hombre sobre el
hombre" resulta "insoportable para una sensibilidad democrática. La
igualdad está vinculada con la libertad y la autonomía: "Si debemos ser
mandados, queremos serlo por nosotros mismos". (36)
3. La soberanía popular: La teoría democrática atribuye al pueblo una "voluntad general", es decir un conjunto de deseos y de necesidades que aspiran a una solución política, pero reconoce que el pueblo puede expresarla sólo en un régimen de democracia directa. Cuando todos los ciudadanos, reunidos, pueden pronunciarse sobre un tema, lo que expresan es la voluntad general. Está claro que eso sólo es posible en un pequeño Estado o (según la imagen de la democracia americana) en un pueblo o un barrio. En territorios más vastos y con poblaciones más numerosas la expresión directa de la voluntad es imposible.
Aquí se presenta un paso acrobático: si la voluntad
general no se puede expresar en un voto directo, es necesario que quien la
exprese sea un número de personas más pequeño que el de los electores. La
voluntad de estos se considerará idéntica
a la voluntad general. Para tener la posibilidad de expresarse, los
ciudadanos deberán transferir su
soberanía a esas personas. Solo así se puede creer que "la ley
producidad por los representantes sea la expresión de la voluntad
general", como quiere la Déclaration
des droits de l'homme (art.6). (37)
4. El respeto a las minorías: El método democrático incorpora el principio por el
cual la minoría no sólo está a salvo y protegida de las prevaricaciones de la
mayoría, sino que puede además contribuir a la toma de decisiones. Es esta una
articulación fundamental del complicado mecanismo democrático, dado que en la
tradición histórica el adversario derrotado políticamente es a menudo eliminado
físicamente.
La democracia se
distingue por el hecho de que la minoría, una vez definida, debe ser protegida:
la mayoría no sólo no puede eliminarla físicament, sino que debe tener en
cuenta en alguna medida sus opiniones y también concederle responsabilidades de
gobierno. Y, sobre todo, a la minoría debe reconocérsele el derecho de
convertirse en mayoría si los electores así lo deciden. (42-43)
5. El poder de la ley: "¿Qué es la democracia sino un conjunto de reglas (...) para la solución de conflictos sin derramamiento de sangre?".() De hecho las relaciones entre las personas están reguladas en buena medida no por acuerdos sino por leyes. Los acuerdos son fijados privadamente por las partes en conflicto, las leyes son establecidas y aplicadas por entidades extrañas a las partes y por lo tanto independientes.(...)
Por ejemplo, en un régimen democrático un homicidio
no puede quedar resarcido ni cometiendo otro homicidio en venganza ni
indemnizando en privado a la familia de la víctima. Debe someterse al juicio de
las autoridades designadas a ese fin: en definitiva, debe ser considerado a la
luz de la ley. (...)
La democracia es por lo tanto una nomocracia, un lugar en el que la ley
cubre una amplia parte de las relaciones entre las personas y de los
comportamiento humanos. (43)
-
Raffaele Simone, El Hada
Democrática. Cómo la democracia fracasa, Taurus, Barna 2016
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