El "Tractat polític" de Spinoza.


En el Tratado político Spinoza aborda un tema clásico. Dice nada más empezar el libro que se propone demostrar “de qué modo hay que construir una monarquía y una aristocracia para que no degeneren en tiranía y para que la paz y la libertad de los súbditos permanezcan intactas”.Y confiesa a continuación, después de criticar a filósofos y políticos y de subrayar que no hay asunto en el que la teoría discrepe tanto de la práctica, que “no pretende descubrir nada nuevo o inédito”. De hecho el Tratado político se puede leer ahora como una continuación de la Ética, no publicada todavía pero a cuyas conclusiones (y a las del Tratado teológico-político) hace Spinoza numerosas referencias. Por otra parte, sus primeros capítulos traen a la memoria afirmaciones de Maquiavelo y de Hobbes, en particular sobre: 1) la dificultad de vivir lo político según la disciplina exclusiva de la razón; 2) la ilusión que supone tratar de fundar la seguridad del Estado en la buena fe; 3) la distinción entre virtudes privadas (fortaleza de ánimo) y virtudes públicas (la principal de las cuales es la seguridad del estado); 4) la importancia del pacto o contrato, en connivencia con la razón, para que pueda hablarse propiamente de esfera política o de res publica.

Spinoza
En la parte dedicada a la monarquía Spinoza critica abiertamente la monarquía absoluta y en ese contexto alaba de forma explícita a Maquiavelo, del que dice que fue “agudísimo”, “sagaz” y “gran amante de la libertad”. Interpreta la obra de Maquiavelo (contra otras opiniones muy extendidas en la época) en el sentido de que “ha querido demostrar que un pueblo libre sabe guardarse de confiar su salvación a un solo hombre”. En el capítulo VI establece inequívocamente la separación entre iglesia y estado: “En lo que a la religión atañe, ninguna iglesia, en ningún caso, se construirá a expensas de las ciudades y no se promulgará ley alguna respecto de una creencia religiosa, a menos que ésta sea sediciosa y mine los fundamentos del Estado. Los files autorizados a practicar públicamente su culto edificarán, si quieren iglesias a sus expensas”. Luego, en el capítulo VII, reflexiona sobre en qué puede consistir una legalidad tan firme que ni siquiera el rey pueda abolirla; y establece un primer principio: “que toda ley sea voluntad explícita del rey, pero no que toda voluntad el rey sea ley”.

A la voluntad del rey opone Spinoza la voluntad de la multitud y mantiene que ésta, la multitud, no transfiere su derecho a una minoría o a un solo hombre. Y, desde luego, no transfiere libremente al rey más que aquel poder del que no se siente absolutamente dueña. No es el caso, por ejemplo del suelo y todo cuanto se vincula a él, que, según Spinoza, pertenece al conjunto de los ciudadanos. Por otra parte, para que la monarquía cuyo poder queda limitado por las asambleas, pueda garantizar la paz y la libertad de los ciudadanos Spinoza defiende la mayor igualdad posible, la limitación de los mandatos de los jueces, un ejército compuesto solamente de ciudadanos y por soldados sin soldada (o sea, no mercenario), la abolición del secreto por razón de Estado y la abolición del carácter hereditario de la Corona: “A la muerte del rey, en cierto modo el Estado muere y se vuelve del estado político al estado de naturaleza y, en consecuencia, el poder soberano recae de modo natural en el pueblo que, desde ese momento, tiene el derecho de dictar nuevas leyes y derogar las antiguas”.

Así pues, la monarquía que Spinoza concibe alternativamente a la monarquía absoluta está instituida por una multitud en plena libertad, lo que se basa en la idea de que los hombres dotados de razón no pueden renunciar jamás a su derecho hasta el punto de dejar de ser hombres y dejarse tratar como ganado.

Al terminar este capítulo Spinoza pone como ejemplo digno de ser recordado “el régimen de los aragoneses, que fueron excepcionalmente fieles a sus reyes y conservaron con igual constancia las instituciones de su reino”. Concluye el capítulo VII del Tratado político diciendo que un pueblo puede, bajo el mando de un rey, gozar de una libertad bastante grande con la condición de que el poder del rey quede determinado exclusivamente por el pueblo. A partir de ahí, y desde los mismos principios, analiza en los capítulos siguientes, el régimen aristocrático para abordar finalmente la forma de gobierno denominada democrática, a la que sólo pudo dedicar ya tres páginas del capítulo XI.

En esas pocas páginas Spinoza se limita a caracterizar la democracia como una forma de gobierno en la que rige el derecho al voto para la elección libre de una asamblea suprema. Luego establece algunas restricciones a ese derecho y afirma (como también había hecho Aristóteles en La política) que es posible concebir diferentes clases de democracia, pero se limita a analizar una de esas formas: aquella en la que todos los habitantes sin excepción gozan del derecho de votar en una asamblea suprema y de ostentar cargos públicos. La restricción que aquí establece es que los ciudadanos: a) no obedezcan otras leyes más que las de la patria (lo que excluye a los extranjeros); b) sean independientes; y c) sean honrados.

La implicación de la condición “ser honrado” para gozar del derecho a sufragio es que, con ella, se excluye a los criminales o a quienes han llevado una conducta vergonzosa. La principal implicación del otro criterio, el de ser independientes, es que se excluye a las mujeres y a los esclavos, en el primer caso porque dependen de sus maridos y en el segundo de sus dueños. No entra Spinoza a discutir la situación de los esclavos seguramente porque consideraba que eso estaba fuera de discusión. Pero todavía se detuvo a discutir, en un par de párrafos, una cuestión muy de la época, a saber: si las mujeres están bajo el poder de sus maridos por naturaleza o por convención, pues si lo estuvieran por convención entonces no habría razón para excluirlas del derecho a voto y del gobierno democrático. Mantiene Spinoza, aludiendo paradójicamente a la experiencia en este caso, que la condición de las mujeres procede de su debilidad natural, que son, naturalmente, inferiores y que, por tanto, no gozan de un derecho igual al de los hombres.

Francisco Fernández-BueyPara leer a Spinoza
http://www.bibliotecabuey.com/para-leer-a-spinoza/

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