Iusnaturalisme, llei i justícia.



... el Iusnaturalismo no es, no era una filosofía del derecho, tal como se puede ver en los textos de, por ejemplo, Francisco de Vitoria: por ejemplo, en su apología del tiranicidio etc. Era lo que hoy denominaríamos una Filosofía Moral o Filosofía Político Moral, cuyo fundamento era, cierto, la religión, la teología, la cosmovisión religiosa. Sus autores eran filósofos teólogos. La “legislación” a la que se referían, era la elaborada por un legislador trascendente, Dios, y no entraban en la elaboración cotidiana del derecho positivo, no era este su oficio. Los diez mandamientos, con las debidas excepciones, porque aquí, y a diferencia de los autores que cita Sacristán, no es que no solo la muerte, el no matarás, ponga de acuerdo a todos los que lo comparten. Es que hay cuatro puntos que deben ser asumidos por todos, y uno incluye el derecho de sublevación contra el tirano y el justo tiranicidio, el “sí matarás”, si el poder, el príncipe trata de atentar contra esos principios normativos intocables. Es una filosofía capaz de justificar, de legitimar una Revolución, la subversión del orden. Y se enfrenta con otras filosofías que justifican la autoridad y sus actos, sean estos cuales fueran, porque los reyes han sido herederos de un poder divino –o porque son descendientes primogénitos de Adán, como escribe en el mismo siglo XVll, el inglés Fillmer…-. No sé si Bernal, británico, tenía en cuenta esto. 

Como toda filosofía sensata, el iusnaturalismo sabe que la ley positiva es una elaboración humana y que depende de las relaciones de poder. Que la ley puede ser injusta, y eso es poner la reflexión sobre lo que es justo y lo que es justicia como previa a la ley. No es justo lo que la ley promulga, porque eso puede ser “legal” pero injusto. La ley española, de la conquista, que obligaba a las comunidades indias andinas a tributar en moneda, con lo que las comunidades se veían obligadas a aceptar “voluntariamente” la Mita o envío de miembros de la comunidad al trabajo en las minas, para poder tener numerario con qué pagar, ésa, era una “Ley”, no por ello era justa… Es una ley la que ha reducido el acceso al sistema sanitario público español, que era universal; pero no es justa. Y también el franquismo desarrolló su cuerpo legislativo, injusto por tiránico. Pero eran “leyes”; o lo son solo para los que piensan que ley es eso que sale en las gacetas oficiales, no normas elaboradas –y perimibles- como consecuencia de la voluntad –no fictio iuris, no “delegada”-, de la soberanía popular.

Salvador López Arnal, entrevista a Joaquín Miras Albarrán: "El 'iusnaturalismo' no era una filosofía del derecho, sino lo que hoy denominaríamos filosofía moral o política-moral", Rebelión 18/0472017

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