Les obligacions humanes envers els animals.
En su libro Las fronteras de la justicia, la filósofa Martha Nussbaum plantea una lista basada en las capacidades que los animales pueden desarrollar para llevar una vida óptima.
1-Vida. Todos los animales tienen derecho a seguir viviendo, tengan o no un interés consciente por ello, a menos que el dolor y la decrepitud no hagan que su muerte deje de ser un daño para ellos. Este derecho es menos robusto cuando se trata de insectos y a otras formas no sensibles. Aún así sigue estando mal matar gratuitamente a esas criaturas. Los animales tienen derecho a la vida de modo que no se debe permitir su muerte gratuita por deporte, ni se debe matar animales para obtener artículos de lujo como las prendas de piel. También debería estar prohibida toda práctica cruel y dolorosa aplicada al proceso de criar animales como alimento.
2-Salud física. Este derecho requeriría leyes que prohíban el trato cruel y el abandono; leyes que prohíban el hacinamiento y el maltrato de animales en las industrias cárnicas y peletera, leyes que prohíban el trato violento o cruel de los animales que trabajan, incluidos los de los circos; leyes que regulen los zoos y los acuarios y que obliguen a una nutrición y un espacio adecuados dentro de ellos. Lo importante no es sólo que existan estas leyes, sino que se cumplan.
3-Integridad física. Este derecho supone, por ejemplo, que estaría prohibido extirpar las garras a un gato, ya que esto le impediría florecer según su forma característica, o cualquier tipo de mutilación, acciones con el único propósito de acentuar la belleza del animal a ojos de los humanos. La esterilización, sin embargo, sostiene Nussbaum, puede ser positiva para las vidas de los animales previniendo la superpoblación, la escasez y la desatención consiguiente.
4-Placer. Acceso a fuentes de placer, como la libertad de movimientos en un entorno que resulte agradable a sus sentidos. También significa la prohibición de la pesca o caza por puro deporte, ya que ambas infringen muertes dolorosas a los animales.
5-Emociones. Los animales experimentan una amplia diversidad de emociones. Ellos como los seres humanos tienen derecho a una vida en la que tengan abierta la oportunidad de tener apego por otros, de querer a otros y preocuparse por ellos.
6-Dignidad. Los animales tienen derecho a unas políticas mundiales que les garanticen unos derechos políticos y el estatus legal de unos seres dignos.
8-Otras especies. Si los seres humanos deben tener derecho a la capacidad de vivir preocupándose por los animales, las plantas y el mundo natural, también los demás animales tienen derecho a lo mismo con otras especies que no sean las suyas. Esto implica la formación gradual de un mundo independiente en el que todas las especies disfruten de unas relaciones cooperativas y de apoyo mutuo.
9-Juego. Ni que decir que esta capacidad es fundamental para la vida de todos los animales sensibles. Requiere de muchas de las políticas que ya hemos cimentado: la protección de un espacio, una estimulación sensorial adecuada a los lugares en que vive y la presencia de otros miembros de la especie.
10-Hábitat. Es importante el respeto a la integridad territorial en su hábitat, sea éste doméstico o “natural”.
Nussbaum defiende que las Constituciones y documentos internacionales de derechos deberían incluir una cláusula que reconozca a los animales como sujetos de justicia política y se recoja el derecho a una existencia digna de los mismos. El reconocimiento de derechos constitucionales implicaría que éstos estarían facultados para presentar demandas judiciales a través de tutores humanos.
Tasia Aránguez, ¿Deben tener derechos los animales?, La galería de los perplejos 22/12/2015
https://arjai.es/2015/12/22/deben-tener-derechos-los-animales/
Tasia Aránguez, ¿Deben tener derechos los animales?, La galería de los perplejos 22/12/2015
https://arjai.es/2015/12/22/deben-tener-derechos-los-animales/
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